La nueva normativa impulsada por el Gobierno de Grecia que permite a tiendas y supermercados la comercialización de productos cuya "fecha de consumo preferente" ha vencido ha suscitado dudas en la población. Por el momento, España no seguirá los pases de Grecia, pero al hilo de esta información, el Instituto Silestone, define y aclara un concepto muy importante y aporta consejos y recomendaciones sobre el consumo de productos que sobrepasen la fecha de consumo preferente.
Es importante diferenciar entre "fecha de consumo preferente" y "fecha de caducidad"
La fecha de consumo preferente se refiere al tiempo en el que el producto mantiene intactas sus propiedades, sin que su ingesta suponga un riesgo para la salud. Por el contrario, la fecha de caducidad se corresponde con el día en que ese producto ya no es adecuado sanitariamente para el consumo.
En este sentido, la fecha de caducidad se utiliza para productos microbiológicamente muy perecederos como pasterizados (leche, yogur, cremas, etc.), carnes o envasados al vacío. Es decir, se usa para alimentos de elevado riesgo. Respecto a la fecha de consumo preferente, se emplea para productos con poco agua (aceites, legumbres, cereales, etc.), deshidratados (purés, sopas), esterilizados (latas, envases de leches, etc.) y huevos.
Recientes estudios demuestran que los consumidores no realizan distinciones entre fecha de caducidad y consumo preferente desechando el alimento que ha sobrepasado la fecha establecida y, en consecuencia se produce un desfavorable manejo de los recursos alimenticios. Esta mala gestión también es el origen de los millones de toneladas de alimentos al año que no se utilizan a tiempo y caducan.
El objetivo buscado desde el Gobierno es una mejor gestión de los stocks de alimentos por parte del consumidor que revierta no sólo en un aumento de su nivel de seguridad sino también en una mejora económica, tan necesaria en estos tiempos de crisis.
Cabe destacar que algunos alimentos no requerirán indicaciones de fecha de duración como frutas y hortalizas frescas sin procesar, vinos, productos de panadería de consumo inmediato, sal de cocina y vinagres, azúcar, productos de confitería elaborados casi exclusivamente a base de este ingrediente y gomas de mascar, entre otros.
En ambos casos, caducidad y consumo preferente, la fecha indica el momento concreto en que termina el período de comercialización de un producto y, por tanto, de su retirada de las estanterías. Conviene saber que si una persona adquiere un alimento “pasado de fecha” tiene derecho a que el vendedor se lo restituya por uno cuya fecha de caducidad o de consumo preferente no haya pasado.
Recomendaciones: Almacenamiento correcto y rotación de stocks
En primer lugar, tener capacidad suficiente, dependiendo del uso que se le vaya a dar y que permita tener los productos ordenados y "a la vista". En segundo lugar, ser un lugar fresco, seco y con una ventilación adecuada o tener la capacidad de mantener temperaturas de refrigeración (0-5ºC) o congelación (menor a -18ºC) según sea el caso. Y finalmente, ser de fácil limpieza y desinfección para garantizar la menor contaminación de los productos.
Información e imágenes: Instituto Silestone
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Publicado el: 14-10-2013 | Autor: Olaia Pellón